1919-2019, 100 años del nacimiento del embrión de las actuales pensiones
El punto de partida de las políticas de protección se sitúa en la Comisión de Reformas Sociales (1883), denominación dada en Real Decreto de 5 de diciembre de 1883 por el gobierno liberal presidido por José Posada Herrera, que se encargó del estudio de cuestiones que interesasen a la mejora y bienestar de la clase obrera.
En 1900 se crea el primer seguro social, la Ley de Accidentes de Trabajo para la industria, donde se consideran las consecuencias económicas del accidente de trabajo como un gasto de producción a cargo del empresario.
En 1905 se crea el Instituto de Reformas Sociales, y en
En 1900 se crea el primer seguro social, la Ley de Accidentes de Trabajo para la industria, donde se consideran las consecuencias económicas del accidente de trabajo como un gasto de producción a cargo del empresario.
En 1905 se crea el Instituto de Reformas Sociales, y en
1908, con gobierno conservador presidido por Antonio Maura, el Instituto Nacional de Previsión.
1917 a 1923 cuando se multiplicaron las normas sociales entre las que destacan aquellas por las que se instauran los seguros obligatorios. Así, a partir de 1919, es posible hablar en España de seguros sociales.”
En 1919 se crea el Retiro Obrero, embrion de las actuales pensiones y es posible hablar en España de seguros sociales.y en
1929, el Seguro de Maternidad.
La primera vez que se legisla sobre protección social en norma básica constitucional es en 1931, cuando la Constitución de la II República, en su artículo 46, recoge textualmente:
"El trabajo, en sus diversas formas, es una obligación social, y gozará de la protección de las leyes. La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna. Su legislación social regulará los casos de seguro de enfermedad, accidentes, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte; el trabajo de las mujeres y de los jóvenes y especialmente la protección a la maternidad; la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero español en el extranjero; las instituciones de cooperación, la relación económico-jurídica de los factores que integran la producción; la participación de los obreros en la dirección, la administración y los beneficios de las empresas, y todo cuanto afecte a la defensa de los trabajadores."
1917 a 1923 cuando se multiplicaron las normas sociales entre las que destacan aquellas por las que se instauran los seguros obligatorios. Así, a partir de 1919, es posible hablar en España de seguros sociales.”
En 1919 se crea el Retiro Obrero, embrion de las actuales pensiones y es posible hablar en España de seguros sociales.y en
1929, el Seguro de Maternidad.
La primera vez que se legisla sobre protección social en norma básica constitucional es en 1931, cuando la Constitución de la II República, en su artículo 46, recoge textualmente:
"El trabajo, en sus diversas formas, es una obligación social, y gozará de la protección de las leyes. La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna. Su legislación social regulará los casos de seguro de enfermedad, accidentes, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte; el trabajo de las mujeres y de los jóvenes y especialmente la protección a la maternidad; la jornada de trabajo y el salario mínimo y familiar; las vacaciones anuales remuneradas; las condiciones del obrero español en el extranjero; las instituciones de cooperación, la relación económico-jurídica de los factores que integran la producción; la participación de los obreros en la dirección, la administración y los beneficios de las empresas, y todo cuanto afecte a la defensa de los trabajadores."
Hasta la Guerra "Civil" Española (1936-1939) la Seguridad social era un conglomerado de seguros sociales que cubría cada uno de ellos un aspecto concreto de protección (accidente de trabajo, jubilación, etc.).
Después de la Guerra Civil, el franquismo reforma la Seguridad Social constituyendo varios organismos para su gestión, siendo las fundamentales las Mutualidades Laborales y el INP.
Las Mutualidades Laborales: Eran instituciones de carácter público institucional y sectorial. Es decir, cada sector de la producción tenía su propia Mutualidad que procuraba las prestaciones de esa rama de producción. Había Mutualidades Siderometalúrgica, Papel, Vidrio y Cerámica, Madera, etc. (como curiosidad señalar que el "prócer" del sistema, un "ilustre" falangista fascista de opereta, llamado Girón de Velasco, organizaba el sistema a su antojo y que la "sabiduría popular" decía que había determinado 19 mutualidades porque tenía 19 amigos para nombrar Secretarios Generales).
Cada Mutualidad tenía prestaciones dependientes de sus ingresos, por lo que había Mutualidades "ricas" y "pobres".
EL INP : Se encargaba de la Asistencia Sanitaria y de la recaudación de los Seguros Sociales. Este organismo, que alcanzó tanta "extensión" como todas las Mutualidades juntas, fue preparando las bases de lo que más tarde ha sido el sistema sanitario español, es decir: médicos de cabecera, médicos especialistas, servicios de urgencias e instituciones cerradas (hospitales).
A principio de los años 1.970 se van produciendo una serie de reformas institucionales que finalizan en 1.978 (poco antes de la aprobación de la actual Constitución Española) y que determinan la configuración institucional de la actual Seguridad Social en España, que mantiene gran parte de la estructura organizativa anterior pero que cambia objetivos y derechos protegidos.
La reforma de 1.978 (R.D.L. 36/78 de Gestión Institucional de la Seguridad Social) crea los siguientes organismos:
INSALUD: Instituto Nacional de la Salud. Encargado de la gestión de la Salud (Asistencia Sanitaria y Médico-Farmacéutica).
IMSERSO: Instituto Nacional de los Servicios Sociales. Encargado de la gestión de los servicios sociales (minusválidos, ayuda a domicilio, ancianos).
INSS: Instituto Nacional de la Seguridad Social. Encargado de las prestaciones económicas (pensiones y subsidios, vejez, invalidez, etc.).
INEM: Instituto Nacional de Empleo. Encargado de la gestión de políticas "activas" contra el paro (cursos, acciones de formación a desempleados, etc.) y de las políticas "pasivas" a los desempleados (pago del desempleo y subsidios).
Tesorería de la Seguridad Social: Servicio común que se encarga de los ingresos y pagos de todo el Sistema de Seguridad Social.
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