Parad@s
Parados
+ 50
Terrassa
Colectiu
Colectivo

.

Barra

Subir

martes, 5 de septiembre de 2017

Comunicado


Renda Garantida de Ciutadania

Comissió Promotora Renda Garantida de Ciutadania


Fem difondre aquesta informació perquè les persones que poden beneficiar-se d'aquest dret tramitin la sol·licitud de la prestació a partir del 15 de setembre 2017

Properament publicarem una guia informativa completa en català i castellà.

També informem que el proper 15 de setembre tindrà lloc l'acte festiu de celebració de la posada en marxa de la RGC. Aquest acte tindrà lloc a partir de les 19 hores a la Plaça del Rei de Barcelona i comptarà amb diverses actuacions musicals.



LA RENDA GARANTIDA DE CIUTADANIA (RGC)


UN DRET SOCIAL FET REALITAT

LA RGC es una prestación económica de carácter subjetivo, destinada a personas y/o unidades familiares sin ingresos o con ingresos inferiores a las cuantías que indica la tabla de prestaciones de la RGC. El requisito de carencia de rentas debe acreditarse durante los 6 meses anteriores al momento de hacer la solicitud.

Computan el conjunto de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar. No computa el valor económico de la vivienda en propiedad donde se vive. Tampoco computan y por tanto se pueden cobrar además de la RGC:

Prestaciones económicas públicas o privadas de dependencia; becas escolares de comedor y transporte; ayudas de urgencia para evitar desahucios; becas públicas para estudiar (bachillerato o universidad); ayudas que tengan la finalidad explícita de complementar la RGC por parte del Ayuntamiento. La RGC no es embargable.

Esta prestación se implementará progresivamente entre el 15 de septiembre 2017 y 1 de abril 2020.





LA RGC SE PUEDE SOLICITAR A PARTIR


DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL 2017

Llamando al teléfono 900 400 012 o entrando en la web www.rendagarantida.gencat.cat para obtener cita previa

Si la solicitud de la RGC se presenta entre el 15/09/2017 i el 14/11/2017 y se tiene derecho a cobrarla, se cobrará con efectos retroactivos desde el día 15/09/2017

Si la solicitud se presenta después del día 14/11/2017 y se tiene derecho a cobrarla, se cobrará a partir del día en que se haga la solicitud

Las personas o familias que perciben el PIRMI pasarán automáticamente a cobrar la prestación de la RGC.

Quienes cobran pensiones no contributivas con complemento de la Generalitat pasarán a cobrar la diferencia hasta alcanzar la cuantía de la RGC. Ambos colectivos no necesitarán hacer la solicitud.

Las oficinas del Servició de Ocupación de Catalunya (SOC) tramitarán las solicitudes de las personas que pueden ocupar un puesto de trabajo. Para el resto de personas hay que dirigirse a las Oficinas de Atención al Ciudadano, o a las ofocinas de Asuntos Sociales y Familia de la Generalitat.


REQUISITOS PARA SOLICITAR LA RGC

Ser mayor de 23 años. Mayores de 18 años con menores o personas discapacitadas a cargo, huérfanos, víctimas de violencia machista en el hogar, otros casos cuando así lo establezca el

Reglamento.

Estar empadronado en Cataluña y residir legalmente de manera continuada y efectiva los 24 meses anteriores a la solicitud

No ser beneficiario de una prestación pública o privada de servicio residencial permanente de tipo social, sanitario o sociosanitario.

.

No hay comentarios:

Publicar un comentario